¿Quién Es el Dueño del Agua?
Antonio Horvath K, Senador
El agua se va haciendo cada vez más sensible y valiosa, debido al aumento de la población, diversos requerimientos, los procesos de erosión y desertificación y las variaciones en los ciclos hidrológicos, derretimiento de los glaciares y alza en la línea de nieve, producidos por el cambio climático.
La distribución del agua en nuestro país es muy desigual, sin embargo, su demanda es cada vez más alta. Se estima que las peticiones suman más que cinco veces la disponibilidad, y no todas son compatibles. En cuanto al agua potable, nuestro país alcanza una cobertura urbana del 99,8%, alcantarillado 95,2% y un 82,3% de tratamiento de aguas servidas. En el área rural esta es de un 98,5% y los sistemas de alcantarillado se están incorporando gradualmente.
El agua es un Bien Nacional de Uso Público, como estipula el Código Civil.Siendo un bien valioso esencial para la vida y cada vez más escaso, se producen intereses encontrados para fines de bebidas en los seres humanos, mantención de los ecosistemas, usos en riego, ganadería, turismo, recreación, minería, acuicultura y de energía.
Considerando el que existen instrumentos de Ordenamiento Territorial, Zonificación del Borde Costero y Manejo Integrado de Cuencas, que permiten armonizar y priorizar los distintos usos así como la conservación del agua, y el que la legislación asegura el caudal ecológico mínimo y lo establece para la pesca recreativa, se hace necesario revisar la Carta Constitucional, que da al Estado el deber de tutelar por la preservación de la naturaleza.
Se han presentado tres proyectos de Reforma Constitucional en esta materia. Uno, del Senador Girardi, de estatizar o nacionalizar toda el agua; otro, del Senador Núñez, de asignar las aguas según las características climáticas y territoriales regionales, y uno que he presentado en que se asignarán y ajustarán los derechos de agua y los distintos tipos de uso, incluyendo la conservación en base a los planes de manejo de cuencas regionalizado, acordado según ley específica, sin perjuicio de las indemnizaciones establecidas, a fin de proponer soluciones reales y justas.
23 dic 2008
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